Imagen en Blanco

 

Última Modificación
Mie 18 Mar 2015 11:55:03
__________
Tenemos 229 invitados conectado(s)
Inicio La CDMB Perfil Profesional Nivel Directivo Subdirección de Ordenamiento y Planificación Integral del Territorio

 

carlos suarez

Subdirector
CARLOS ALBERTO SUÁREZ SÁNCHEZ

Tel: 6346100 Ext:3101 
Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

Ingeniero Civil de la Universidad Industrial de Santander UIS, Especialista en Finanzas de la Universidad EAFIT, Especialista en Gerencia de Construcciones de la Universidad Javeriana y Especialista en Gestión Medioambiental de la Universidad Politécnica de Madrid.

Experiencia Profesional

Desempeñó el cargo de Ingeniero Interventor en la Empresa de Desarrollo Urbano de Bucaramanga, y desde el 1 de abril de 1979 labora en la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, donde ha ocupado los cargos de Ingeniero Interventor, Asistente de la Dirección Ejecutiva, Jefe de Planeación y Programación, Subdirector de Planeación y Sistemas, Subdirector de Ordenamiento y Planificación Integral del Territorio, Asesor de la Dirección General y Subdirector de Evaluación y Control Ambiental.

Por sus aportes para la conservación del medio ambiente, le fue otorgada por la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga CDMB la Distinción al Mérito Ambiental.

Actualmente ocupa el cargo de Subdirector Código 40 Grado 20 del Nivel Directivo,  la escala Salarial y los viáticos se reconocen teniendo en cuenta los Decretos anuales que Expide el Gobierno Nacional mediante los cuales se fijan las escalas de asignación  y viáticos para los empleados públicos.

Funciones del cargo:
Define las políticas ambientales regionales, que contribuyen al cumplimiento de los objetivos y funciones de la institución. Las labores de la Subdirección se enmarcan en procesos de planeación y asesoría para la preparación de programas y proyectos referentes al desarrollo ambiental, asociados con los distintos organismos y entidades pertenecientes al SINA y a los municipios de su jurisdicción para la definición de los planes de ordenamiento territorial; por tanto le compete entre otras funciones, Revisar y evaluar las propuestas de Plan de Ordenamiento Territorial presentadas por los Municipios del área de Jurisdicción de la Corporación, en los asuntos exclusivamente ambientales, de acuerdo a la ley 388/97, producir informe de revisión y evaluación del documento y el proyecto de acuerdo de aprobación del POT; Concertar con el Municipio los resultados de la evaluación contenidos en el informe de revisión y una vez realizados los ajustes y revisados a conformidad, elaborar la resolución de aprobación del POT.

Igualmente dirige: la formulación de los instrumentos de planeación para el ordenamiento ambiental del territorio y el establecimiento de áreas naturales protegidas y el diseño de sus planes de manejo; la formulación de los planes de Ordenamiento y manejo cuencas; la formulación de los sistemas de gestión ambiental municipal, para identificar y priorizar proyectos ambientales con los entes territoriales y posibilitar la concurrencia en su financiación; el desarrollo del Sistema Básico de Información Municipal, como instrumento para hacer seguimiento a la evolución de los municipios de la jurisdicción en los aspectos ambientales, sociales, económicos e institucionales y la actualización del Sistema de Información Ambiental de la Corporación, como instrumento soporte de los procesos de planeación, ejecución, monitoreo y control.

En cuanto al sistema de información ambiental, a esta Subdirección le corresponde desarrollar las aplicaciones de carácter técnico ambiental en sus etapas de análisis (modelo de datos), diseño (determinación de requerimientos), selección y estructuración de información, desarrollo, implantación, pruebas, capacitación, ajustes y documentación; asesorar a las diferentes dependencias de la CDMB en el levantamiento de información ambiental alfanumérica y espacial para el cargue de las bases de datos; obtener información ambiental, teniendo como soporte las bases de datos alfanuméricas y espaciales que la entidad ha desarrollado, para la generación de sistemas de indicadores ambientales; documentar la información espacial con el fin de facilitar el almacenamiento y la búsqueda de información ambiental; procesar digitalmente sensores remotos; georeferenciar las imágenes; clasificar la cobertura e interpretar en medio digital las imágenes de satélite y operar las redes de monitoreo de calidad y cantidad ambiental.

Realizar estudios, investigaciones, planes, programas y proyectos, relacionados con el ordenamiento territorial, manejo de cuencas hidrográficas, declaratoria de áreas protegidas de carácter local y regional y planificación ecorregional y formular y gestionar los planes de ordenación forestal de los bosques naturales de acuerdo con la normatividad vigente y de forma concertada con las comunidades asociadas a estos ecosistemas para garantizar su manejo sostenible.

Conforme a las competencias establecidas en el artículo 31 de la Ley 99 de 1993, son funciones de la misma:

. Participar con los demás organismos y entes competentes en el ámbito de su jurisdicción en los procesos de planificación y ordenamiento territorial a fin de que el factor ambiental sea tenido en cuenta en las decisiones que se adopten.

· Promover y realizar conjuntamente con los organismos nacionales adscritos al MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL, con las entidades de apoyo técnico y científico del Sistema Nacional Ambiental - SINA -, estudios e investigaciones en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables;

· Ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a las disposiciones superiores y a las políticas nacionales;

· Implantar y operar el Sistema de Información Ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las directrices trazadas por el MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE;

· Apoyar a los concejos municipales y a las asambleas departamentales en las funciones de planificación que les otorga la Constitución Nacional;

· Coordinar el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos de desarrollo medio ambiental que deban formular los diferentes organismos y entidades integrantes del Sistema Nacional Ambiental - SINA - en el área de su jurisdicción y en especial, asesorar a los municipios de su comprensión territorial en la definición de los planes de desarrollo ambiental y en sus programas y proyectos en materia de protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, de manera que se asegure la armonía y coherencia de las políticas y acciones adoptadas por las distintas entidades territoriales;

· Asesorar a las entidades territoriales en la elaboración de proyectos en materia ambiental que deban desarrollarse con recursos provenientes del Fondo Nacional de Regalías o con otros de destinación semejante;

· Reservar y alinderar, en los términos y condiciones que fijen la ley y los reglamentos, los distritos de manejo integrado, los distritos de conservación de suelos, las reservas forestales y parques naturales de carácter regional, y reglamentar su uso y funcionamiento;

· Sin perjuicio de las atribuciones de los municipios y distritos en relación con la zonificación y el uso del suelo, de conformidad por lo establecido en el artículo 313 numeral 7o. de la Constitución Nacional, establecer las normas generales y las densidades máximas a las que se sujetarán los propietarios de vivienda en áreas suburbanas y en cerros y montañas, de manera que se protejan el medio ambiente y los recursos naturales. No menos del 70% del área a desarrollar en dichos proyectos se destinará a la conservación de la vegetación nativa existente.

CDMB  CDMB